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Autorización de regreso en verano 2026: qué cambia según la Instrucción 1/2026

Verano 2026: entre el 8/6 y el 30/9 podrías volver a España sin autorización de regreso si renovaste y entrás por frontera española. En avión, sí la piden.

Autorización de regreso en verano

Si estás renovando tu residencia y pensás viajar a Argentina este verano, atención: según ARC Legal e InfoExtranjería, la Comisaría General de Extranjería y Fronteras publicó la Instrucción 1/2026 (2/6/2026) con medidas temporales para las autorizaciones de regreso.

Medida excepcional de verano (8/6 al 30/9/2026)

Según ambas fuentes, de forma excepcional se podría permitir la entrada a España sin autorización de regreso si acreditás:

  • Pasaporte o documento de viaje en vigor.
  • TIE caducada.
  • Solicitud de renovación presentada.

Esta opción estaría limitada a entradas por puestos fronterizos españoles terrestres o marítimos. No se menciona su aplicación a aeropuertos.

Si viajás en avión

Según ARC Legal, si volás necesitás autorización de regreso. Las aerolíneas suelen exigirla para embarcar cuando tu TIE está caducada y solo tenés el resguardo de renovación.

Mostradores de check-in en un aeropuerto español durante el verano, con pasajeros mostrando documentación de viaje

Solo sirve para volver por España

Tanto ARC Legal como InfoExtranjería remarcan que la autorización de regreso solo es válida para cruzar la frontera exterior Schengen por puestos españoles. Evitá regresar vía otro país Schengen: podrían denegarte la entrada.

Británicos y sus familiares

De acuerdo con ARC Legal, la instrucción prevé que se tramiten autorizaciones de regreso para ciudadanos británicos y sus familiares amparados por el Acuerdo de Retirada. Indican que la solicitud puede presentarse:

  • Dentro de los 60 días previos a la caducidad de la TIE.
  • Dentro de los 90 días posteriores a su caducidad.

ARC Legal añade que este criterio seguiría vigente más allá del verano de 2026, hasta que se disponga lo contrario.

¿Qué es la autorización de regreso?

Según ARC Legal, el artículo 5 del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024) regula este documento para quienes:

  • Renovaron o prorrogaron su autorización en plazo.
  • Pidieron duplicado por robo/pérdida/deterioro de la TIE.
  • Ciertos supuestos excepcionales con resolución favorable inicial y razones de necesidad.

También señalan que la autorización de regreso tendría una vigencia máxima de 90 días y permitiría múltiples entradas durante ese periodo.

Fuentes consultadas

Antes de comprar pasajes, confirmá en tu oficina/comisaría de extranjería el criterio que te vayan a aplicar. Si conseguís el texto oficial de la Instrucción 1/2026 en la web del Ministerio del Interior o de la Comisaría General, guardalo y viajá con esa copia.

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